Ciudad Guatemala

Sala resuelve que Neto Bran conservará su inmunidad en el caso de una contratación irregular en la Municipalidad de Mixco


El alcalde de Mixco no perdió su derecho de antejuicio por la resolución de la Sala Primera de Apelaciones y ahora las autoridades no podrán investigarlo por el caso Amenazas, falsedad e influencias.

  25 octubre, 2021 - 12:45 PM

Los magistrados de la Sala Primera de Apelaciones de la Corte Suprema de Justicia decidieron que el alcalde de Mixco, Neto Bran, mantenga su inmunidad y por eso no podrá ser investigado por la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) en el caso denominado Amenazas, falsedad e influencias.

El fallo es a favor del jefe edil por un caso en el que es señalado por el Ministerio Público de haber contratado de forma irregular a una persona.

Según la investigación del MP, Rolando Pérez presentó un título universitario falso que le sirvió para ser contratado en la Municipalidad de Mixco, luego de haber apoyado a Bran en la campaña electoral de 2019.

Bran enfrenta un proceso de retiro de inmunidad por haber supuestamente abusado del cargo e instruir a la municipalidad para contratar a Pérez en la Dirección de Planificación de esa comuna, sabiendo que su título era falso, según la investigación de las autoridades.

El pasado 7 de abril, el Tribunal Décimo condenó a 12 años de prisión a Rolando Moisés Pérez, un excolaborador del alcalde Mixco Neto Bran, quien fue hallado culpable de los delitos de obstaculización a la acción penal, uso de documentos falsificados y usurpación de calidad.

La pena establece que son ocho años conmutables (por uso de documentos falsificados y usurpación de calidad) y cuatro años inconmutables (por obstaculización a la acción penal).

El hombre ya fue sentenciado por uso de documentos falsos, usurpación de calidad y obstaculización a la acción penal.

Impugnarán

José Rafael Curruchiche, jefe de la Feci, dijo que efectivamente el jueves 21 de octubre les notificaron dicha resolución, por lo que se procederá a impugnar dicha decisión de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones.

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