Ciudad Guatemala

Partidos son sancionados con millonaria multa por campaña anticipada y clientelismo


5 organizaciones políticas, 4 candidatos y 4 empresas fueron sancionados con multas que van desde los 50 mil 1 dólares, -unos 382 mil 007.64 quetzales hasta los 300 mil 6 dólares  -2 millones, 292,045.84 quetzales-, por incurrir en campaña anticipada, clientelismo y pauta en medios no autorizados.

  10 abril, 2019 - 18:31 PM

Las agrupaciones políticas PAN-Podemos, UNE, Fuerza, Valor y Creo son las agrupaciones que deberán pagar varias sanciones, lo indicó el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) deberán pagar en total US$ 710 mil 011, unos 5 millones 396,083.6 quetzales. 

Por campaña anticipada y en medios no autorizados

Los candidatos y los partidos no pueden pagar por publicidad en redes como Facebook y Twitter porque estas compañías no se inscribieron en el TSE para ser parte del plan de medios de este proceso electoral. No obstante, los políticos sí pueden usar sus cuentas personales para promocionarse.

Pero se detectó que algunas agrupaciones incurrieron en este tipo de ilegalidades por ellos han sido sancionados.

PAN-Podemos y Roberto Arzú por campaña anticipada

Leopoldo Guerra, director del Registro de Ciudadanos, informó que fueron sancionadas la coalición PAN-Podemos y Arzú con dos multas. Una la deberá de pagar el partido por US$80 mil y otra por US$80 mil contra Roberto Arzú por hacer propaganda anticipada, en total deben pagar US$160 mil -Q122,240.oo-.

Los informes detallan que en la cuenta personal de Facebook de Roberto Arzú aparecen 13 publicaciones, de las cuales ocho fueron pagadas, para que tuvieran más alcance, mientras que en la cuenta de Twitter hay 11 publicaciones, lo que contraviene la Ley Electoral y de Partidos Políticos.

Partidos y candidatos son sancionados con millonaria multa por campaña anticipada y clientelismo

Partido CREO la agrupación que tiene la mayor sanción

El partido Compromiso Renovación y Orden (CREO)  fue la agrupación con la sanción más alta distribuida en varios casos con un total de US$300,006, unos 2 millones, 292,045.84 quetzales.

La primera multa fue interpuesta al candidato a alcalde por el municipio de El Rodeo en San Marcos, Crysthian Escobar, por US$50,001, mismo monto que se le aplicó a la agrupación política CREO.

Además se multó con US$50,001 al medio digital Ideas de Cambio por una publicación pautada en la que se hace propaganda al candidato a la presidencia de CREO, Julio Héctor Estrada, que no está inscrito en la Unidad de Medios del TSE, por el mismo motivo y por el mismo monto se multó a “La Voz de la Gente”, también a la empresa de publicidad SERCECO  y a ABG publicidad por la colocación de vallas publicitarias del partido con una multa de US$50,001 cada una.

Partido Fuerza

El tercer partido sancionado por publicidad en Facebokk fue el de Fuerza señalando que deberá pagar US$50,001 dólares.

Partido Vamos

El TSE también informó que se sancionó con US$50,001 dólares a la agrupación VAMOS y al candidato a diputado por campaña anticipada Carlos Roberto Calderón.

Sanción al partido UNE por clientelismo

El TSE dio a conocer que el partido Unidad Nacional de Esperanza (UNE) fue multado con US$50,001 dólares – unos Q382,007.64-  al igual que el diputado por el Distrito de Sacatepéquez, Julio César Ixcamey que también deberá pagar la misma cantidad por incurrir en clientelismo, al entregar láminas a la Escuela J. Adrián Coronado Polanco, ubicada en La Antigua Guatemala, Sacatepéquez, departamento por el que buscará ser reelecto en las próximas votaciones.

Partidos y candidatos son sancionados con millonaria multa por campaña anticipada y clientelismo

¿Qué pasa si no pagan?

Las organizaciones, empresas y candidatos tienen tres días para impugnar la resolución, pero si esta queda en firme la sanción deberá ser pagada dentro de los 30 días posteriores. De no hacerlo las organizaciones podrán ser suspendidas administrativamente, no en su funcionamiento, debido a que en el proceso electoral no pueden ser suspendidas las organizaciones políticas.

La normativa electoral establece que la propaganda electoral tiene límite temporal y que debe ejercerse a partir de la segunda fase del proceso, la cual empezó el 18 de marzo y terminará el 14 de junio. Por aparte el artículo 223 de la citada Ley señala en el inciso n) que las organizaciones políticas tienen prohibición de realizar propaganda anticipada.

Por aparte, el artículo 221 de la normativa electoral también prohíbe que los partidos políticos y candidatos a cargos de elección popular, contratar o adquirir, por sí o por terceros tiempos y espacios en cualquier modalidad en los medios de comunicación.

Las agrupaciones políticas indicaron que apelarán las multas señalando que son excesivas tal como lo indicó PAN, Fuerza y Creo, mientras las empresas señaladas al ser consultados señalaron aún no estar notificados.

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